Sorteo sueldo agrícola
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BASES DE PARTICIPACIÓN EN EL SORTEO DE UN “SUELDO AGRICOLA”

1.- COMPAÑÍA ORGANIZADORA Y OBJETO DEL CONCURSO:

HM CLAUSE IBERICA, S.A.U., (en adelante, “La Organizadora”) con CIF A- 46031258 y domicilio social en La Mojonera, Almería, Paraje La Reserva, Nº 7, (Código Postal 04745), ha decidido poner en marcha la presente acción para la promoción de las VENTAS DE SEMILLAS DE SUS VARIEDADES DETALLADAS EN EL PUNTO 3, DE PIMIENTO CALIFORNIA HIBRIDOS.

 2.- ÁMBITO TEMPORAL Y TERRITORIAL

El sorteo estará abierto a participación desde el día 1 de julio de 2023 hasta el día 30 de junio de 2024, ambos incluidos. La acción promocional se llevará a cabo en las provincias de ALMERIA Y GRANADA.

3.- LEGITIMACIÓN PARA PARTICIPAR

El presente concurso se dirige exclusivamente a todas las personas mayores de edad y residentes en el territorio español que adquieran, en el periodo de tiempo comprendido entre el 1 DE JULIO DE 2023 hasta el día 30 DE JUNIO DE 2024, en un punto de venta situado en las provincias de Almería o Granada, una cantidad igual o superior a 1.000 Semillas de Pimiento California HIBRIDOS de VARIEDADES CLAUSE, INCLUIDAS EN LA SIGUIENTE RELACIÓN:

  • ABRAHAM
  • AZAHAR
  • AMAVISCA
  • AMPARO
  • AITANA
  • KATION
  • PROMETEO
  • DESEO
  • BASTION
  • MORFEO
  • ANIÓN
  • FISIÓN
  • REACCIÓN
  • HILARION
  • CESIÓN
  • ILUSIÓN
  • STELIÓN
  • RADIÓN
  • KEFREN
  • YASSER
  • BIBLOS

QUEDAN EXCLUIDOS DEL SORTEO LOS EMPLEADOS DE HM CLAUSE IBERICA, S.A.U. Y SUS FAMILIARES DIRECTOS.

4.- MECÁNICA DEL SORTEO Y PARTICIPACIÓN

A toda persona legitimada para participar en el concurso en virtud de lo establecido en el punto 3 de las presentes bases que adquiera en el periodo de duración del concurso una cuantía de 1.000 semillas de variedades CLAUSE, se le asignará una participación en el sorteo. El término participación implica la entrega física de una papeleta numerada por cada participación, que se emitirá en triple ejemplar.

Asimismo, toda persona podrá conseguir tantas participaciones en el sorteo como compras de semillas CLAUSE realice en el periodo de vigencia de la promoción.

5.- SORTEO ANTE NOTARIO

Las presentes bases del sorteo están depositadas en la Notaría D. Javier Gutiérrez Delgado, en C/ Constantino nº 6, de El Ejido, Almería.

Una vez finalizada la promoción, La Organizadora presentará en la Notaría referenciada en el párrafo anterior, las matrices de los talonarios de papeletas. El sorteo tendrá lugar el 18 de julio de 2024. A tales efectos, solo computarán las compras efectuadas en el periodo comprendido entre el 1 DE JULIO DE 2023 hasta el día 30 DE JUNIO DE 2024. El Sr. Notario extraerá al azar un ganador por sorteo, así como 2 suplentes que sustituyan al ganador para el caso de identificación incompleta o incorrecta del agraciado o incumplimiento de alguna de las bases de la presente promoción, así como para el caso de renuncia del agraciado o imposibilidad de localizarle en un plazo máximo de 60 días a contar desde la fecha de celebración del sorteo. Solo habrá un participante que podrá ganar el premio.

6.- PREMIO

El premio de la presente promoción consiste en la entrega mensual de hasta 2.000 euros (impuestos incluidos) durante los doce meses siguientes a la localización del ganador. Esta dotación tiene la finalidad de contribuir a financiar los costes de producción de la explotación del agraciado. El pago se realizará al punto de venta previamente acordado entre el agraciado y HMCLAUSE. Para que el pago mensual se realice, será imprescindible que el agraciado presente a la organizadora, cada mes, el documento justificativo de la compra y que confirme haber recibido los productos. Dicha entrega mensual es lo que se ha denominado comúnmente como “sueldo agrícola” durante la promoción.

La Organizadora NO cubrirá la compra de los siguientes productos:

– Semillas que no sean de HM.CLAUSE.

-Productos químicos fitosanitarios (salvo los utilizados para cultivos biológicos).

Asimismo, la Organizadora se reserva el derecho de exclusión de esta promoción la compra de cualquier producto que, por su naturaleza o finalidad, no se considere vinculado a la explotación agrícola del agraciado.

En ningún caso se aceptará el canje del premio por su contravalor en metálico o por cualquier otro premio.

7.-GANADOR

Será ganador aquella persona escogida al azar ante notario el día 18 de julio de 2024. Solo computarán a efectos de participaciones en el sorteo las compras efectuadas en el periodo vigente de la promoción. La Organizadora contactará con la persona premiada, para comunicarle que ha resultado ganadora. Si en el transcurso de 60 días desde la comunicación, no ha contestado, se procederá a contactar con el primer suplente y así sucesivamente.

La Organizadora podrá comunicar, si lo estima oportuno, el nombre del ganador a través de los medios que considere convenientes.

8.- RESPONSABILIDAD DE LA ORGANIZADORA

La Organizadora no será responsable de los retrasos en la entrega del premio por motivos ajenos a su voluntad y, por circunstancias excepcionales de fuerza mayor que pudieran impedir al ganador el disfrute del mismo.

La Organizadora queda exonerada, de cualquier responsabilidad que pudiera derivar del incumplimiento o cumplimiento defectuoso por los participantes en el sorteo de las presentes Bases.

9.- DERECHO DE EXCLUSIÓN

La Organizadora se reserva el derecho de descartar y excluir del Sorteo a los participantes cuando efectúen compras con datos falsos y/o incorrectos, cuando, de cualquier forma fraudulenta o artificial, manipulen su participación en el Sorteo.

 10.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y DE LA IMAGEN

La empresa organizadora podrá publicar en el o los medios que considere oportunos el nombre completo o iniciales de la persona ganadora del concurso, salvo manifestación expresa en contrario por parte del ganador del concurso, que deberá presentar a la Organizadora por escrito a la dirección de HM CLAUSE IBERICA, S.A.U., sita en La Mojonera, Almería, Paraje La Reserva, Nº 7, (Código Postal 047045).

De conformidad con lo que dispone la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), le informamos que sus datos serán incorporados en un fichero titularidad de HM CLAUSE IBERICA, S.A.U., ante la que podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

La finalidad del tratamiento es la de desarrollar su participación en el sorteo.

Asimismo, los participantes garantizan que los datos personales facilitados a la Organizadora son veraces y se hacen responsables de comunicar a ésta cualquier modificación a los mismos.

11.- APLICACIÓN DE LAS BASES

La participación en este concurso implica la aceptación íntegra de las Bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe la Organizadora. La Organizadora se reserva la facultad de prorrogar la duración del concurso, así como de suspenderlo o ponerle fin de forma anticipada, y también de modificar y/o añadir anexos sucesivos sobre estas Bases, si así lo estimase conveniente. Las modificaciones 5 y/o anexos deberán publicarse de forma que todos los participantes tengan acceso a dicha información.

Al premio objeto de este sorteo le será de aplicación la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como el desarrollo reglamentario de la citada Ley vigente en el momento del sorteo.

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes, que el premio tiene la consideración de ganancia patrimonial. Al tratarse de un premio con un valor superior a 300 euros, HM Clause llevara a cabo un ingreso a cuenta en la Agencia Tributaria aplicando un 19% al resultado de incrementar en un 20% el valor de adquisición o coste del premio. Las repercusiones fiscales que la obtención del premio tenga en la fiscalidad del agraciado, serán por cuenta de éste, por lo que HM Clause queda relevado de cualquier responsabilidad.

Para todo lo no incluido en las presentes Bases, se estará a lo dispuesto en la Legislación Vigente:

Decreto 325/1988, de 22 de noviembre, por el que se crea el Reglamento de Rifas, Tómbolas y Combinaciones Aleatorias.

Real Decreto 439/2007 de 30 de marzo, por el que se crea el Reglamento del IRPF (y sus posteriores Modificaciones).